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Ayuntamiento
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Ordenanzas
ORDENANZAS FISCALES
- Ordenanza Fiscal del Cementerio
- Ordenanza Fiscal Reguladora Impuesto Bienes Inmuebles
- Ordenanza Fiscal Reguladora Impuesto Construcciones Instalaciones Obras
- Ordenanza Fiscal Reguladora Impuesto Vehiculos Traccion Mecanica
- Ordenanza Fiscal Reguladora Tasa de Basura
- Ordenanza Fiscal Reguladora Tasa Expedicion Documentos Administrativos
- Ordenanza Fiscal Reguladora Tasa Otorgamiento Licencias Urbanisticas
- Ordenanza Fiscal Reguladora Tasa Utilizacion Instalaciones Deportivas
- Ordenanza Fiscal Tasa Vado
- Ordenanza Reguladora Incremento Valor Terrenos Urbanos
- Ordenanza Reguladora Tasa Aprovechamiento Privativo Suelo Publico
- Ordenanza Reguladora Tasa Celebracion Matrimonios Civiles
- Ordenanza Reguladora Tasa Otorgamiento Licencias Urbanisticas
ORDENANZAS ADMINISTRATIVAS
Plenos
QUÉ ES EL PLENO MUNICIPAL Y ATRIBUCIONES
Es el órgano colegiado fundamental para el Gobierno y Administración del municipio, y está integrado por todos los Concejales y presidido por el Alcalde.
El Pleno se dotará de su propio reglamento que tendrá la naturaleza de orgánico. Entre las atribuciones que le corresponden al pleno están, la aprobación y modificación de las Ordenanzas y Reglamentos Municipales, el control y la fiscalización de los órganos del Gobierno, la alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público, la aprobación de presupuestos, etc
Las sesiones se celebran en la Casa Consistorial o en el edificio habilitado al efecto en caso de fuerza mayor, que se hará constar en el acta.
Las Sesiones de Pleno pueden ser de tres tipos:
- Ordinarias
- Extraordinarias
- Extraordinarias de carácter urgente.
En el caso de las sesiones ordinarias o extraordinarias decididas por el Presidente de la Corporación, éste es el responsable de hacer la convocatoria de la sesión, señalando el lugar, día y hora de la misma. Deberá acompañarse al Orden del día, que es la relación de asuntos que han de ser tratados en la sesión.
ORDINARIOS | EXTRAORDINARIOS |
Pleno Ordinario 01-01-2017 | Pleno Extraordinario 31-03-2017
Pleno Extraordinario 06-04-2017 |
Presupuestos
FORMACIÓN
El pasado mes de noviembre tuvo lugar en nuestra localidad el inicio de la primera edición del Programa de Empleo para Municipios Rurales, promovido por el Ayuntamiento de Villanueva de Perales y cuya finalidad es fomentar la práctica laboral de personas desempleadas a través de la realización de obras y servicios en los municipios rurales y en las áreas de actividad económica priorizadas en la Estrategia para Revitalizar los Municipios Rurales de la Comunidad de Madrid.
Gracias a esta subvención de la Comunidad de Madrid el Ayuntamiento ha podido contratar a un total de 15 personas que, durante un año, trabajarán para mejorar nuestra localidad en áreas tan diversas como servicios sociales, medio ambiente, cultura, juventud y servicios de funcionamiento interno sesión.
PRESUPUESTOS FORMACIÓN 2020 | |
Programa Empleo Municipios Rurales |
Trámites
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Empadronamiento
DOCUMENTACION NECESARIA PARA DARSE DE ALTA EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES O REALIZAR CAMBIO DE DOMICILIO DENTRO DEL MISMO MUNICIPIO
1.- ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE:
- D.N.I.,
- PASAPORTE O
- TARJETA DE RESIDENCIA (según corresponda)
- LIBRO DE FAMILIA (en el caso de que haya menores que no tengan D.N.I.)
2.- SI LA VIVIENDA ES EN PROPIEDAD ADEMAS DEL PUNTO 1:
- RECIBO DEL AGUA, GAS O LUZ (en el recibo debe figurar el nombre del propietario y domicilio del suministro correspondiente) O,
- COPIA SIMPLE O ESCRITURAS DE PROPIEDAD DE LA VIVIENDA, O
- CONTRATO DE COMPRAVENTA.
3.- SI LA VIVIENDA ES EN ALQUILER ADEMAS DEL PUNTO 1:
- CONTRATO DE ARRENDAMIENTO EN VIGOR.
4.- SI LA VIVIENDA ES DE OTRAS PERSONAS:
- AUTORIZACION POR ESCRITO DEL PROPIETARIO O ARRENDAMIENTO DE LA VIVIENDA.
- FOTOCOPIA DEL D.N.I., PASAPORTE O PERMISO DE RESIDENCIA DEL PROPIETARIO O ARRENDATARIO DE LA VIVIENDA.
- RECIBO DEL AGUA, GAS O LUZ (en el recibo debe figurar el nombre del propietario y domicilio del suministro correspondiente) O,
- COPIA SIMPLE O ESCRITURAS DE PROPIEDAD DE LA VIVIENDA, O
- CONTRATO DE COMPRAVENTA.
IMPORTANTE:
El tramite de empadronarse debe ser presencial, presentando el original de los documentos requeridos, no obstante si la persona o personas que se quieran empadronar no pueden personarse, pueden autorizar por escrito a una tercera persona para realizar los tramites necesarios con los documentos originales arriba descritos tanto de la persona o personas que autorizan como de los autorizados.
Juzgado de Paz
Plaza Constitución, 1
Horario: miércoles de 16:00 a 19:00 horas.
Tlf. 91 813 71 20
laboral@villanuevadeperales.es
TRÁMITES GENERALES
Cumplimiento de exhortos civiles en colaboración con otros Juzgados
Cumplimiento de exhortos penales en colaboración con otros Juzgados
Tramitación de expedientes matrimoniales.
Inscripción de nacimientos, matrimonios y defunciones en el Registro Civil.
Certificados literales de nacimiento, matrimonio y defunción.
NACIMIENTO
DOCUMENTACION NECESARIA PARA INSCRIBIR UN NACIMIENTO.
- Si los padres están casados
Puede registrarlo el padre, la madre o familiar con D. N. I. y con la siguiente documentación:
- Impreso amarillo entregado en el Hospital debidamente cumplimentado, sin tachaduras ni enmiendas y firmado por el declarante.
- Certificado del hospital que no se ha promovido la inscripción del nacimiento
- D.N.I. de los padres
- Libro de familia
- Impreso de Estadística, relleno, facilitado en este Registro Civil en el momento de la presentación de la anterior documentación
- Si los padres no están casados
Se presentará la misma documentación, además del certificado de empadronamiento de los padres, siendo obligatorio que se personen la madre y el padre para formalizar el expediente, en el Registro Civil de Navalcarnero (c/ Escorial, 13 de lunes a viernes de 09:00 a 12:00 h). También pueden inscribirlo en el mismo hospital de nacimiento.
MATRIMONIO
DOCUMENTACIÓN PARA LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES MATRIMONIALES.
- Certificación literal de un nacimiento de ambos, expedida por el Registro Civil correspondiente al lugar de nacimiento
- Certificado de empadronamiento o residencia acreditativa del domicilio de los dos últimos años de ambos solicitantes.
- Fotocopia del D.N.I. de ambos y de sus testigos.
- Declaración jurada de estado civil más el impreso de solicitud.
Para españoles viudos y divorciados: (Además de los documentos señalados en el punto anterior)
- Divorcios o anulados del matrimonio anterior. Certificación literal del matrimonio anterior, con anotación marginal de divorcio o nulidad
- Viudos Certificación literal del matrimonio anterior y certificado literal de defunción del cónyuge anterior fallecido.
Extranjeros
- Certificado literal de nacimiento
- Certificado de empadronamiento o residencia en España (En el caso de que estuviesen Empadronados, con indicación en los dos últimos años)
- Certificado de CAPACIDAD MATRIMONIAL, conforme al Convenio de 5 de septiembre de 1980, para aquellos países que hayan ratificado dicho Convenio.
- Para aquellos países que no hayan suscrito dicho convenio, deberán aportar igualmente:
-
Certificado de que el solicitante es soltero (o el que corresponda) y que no existe otros impedimentos para contraer matrimonio ; y que es necesario la publicación de edictos en su país.
Otros
Formulario Domiciliacion Bancaria (I.B.I)
Formulario Domiciliacion Bancaria (Basura)
Formulario Impuesto Municipal Vehículos
Formulario Impreso Registro de Entrada
Impreso carta de pago del impuesto vehículos tracción mecánica
Formularios
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